Al hablar de una hipoteca aparecen muchos conceptos nuevos que nos son desconocidos y que nos pueden sonar extraños. A continuación, hemos recogido y definido un listado de 3 conceptos clave que debemos conocer.
a) Garantía hipotecaria: El inmueble es una garantía para el banco en caso del impago de la deuda. El largo plazo para la devolución de la hipoteca (hasta 30 años como máximo en España) y un precio (tipo de interés) más bajo que otro tipo de préstamos se debe a la existencia de la Garantía Hipotecaria.
b) Responsabilidad del contrato: La garantía hipotecaria no limita nuestra responsabilidad como deudores al valor de la vivienda. Es decir, si el precio de la vivienda cae o es inferior al importe de la deuda que tenemos, tendremos que hacer frente a la diferencia (deuda de la hipoteca pendiente – valor de tasación actual de la casa) con nuestros bienes… a menos que:
- Se pacte expresamente en la escritura del préstamo la limitación de la garantía hipotecaria al valor de la vivienda
- Cuando el banco acepte, mediante pacto expreso, la denominada dación en pago, es decir, que el cliente quede liberado de su deuda con la entrega de la garantía (la vivienda). ¡Ojo! Esto no es habitual en España
c) Gastos e Impuestos: No debemos olvidar que, más allá del coste del dinero (tipo de interés), existen otros costes ineludibles a los que deberemos hacer frente… se calcula que estos costes rondan el 13% del valor de la vivienda.
Costes o Gastos:
- Tasación: Coste que se paga a la tasadora para que calcule el valor de la vivienda.
- Registro: Una primera vez para solicitar la información sobre la vivienda que vamos a comprar y una segunda vez para registrar que el inmueble es de nuestra propiedad.
- Notario: Dará fe pública de las escrituras de compra-venta y del préstamo hipotecario, el que certifica la operación.
- Gestoría: Es quien, en última instancia, se encargará de los trámites administrativos: registro, pago de impuestos, etc.
- Gastos bancarios: Esta partida incluye la comisión de apertura del préstamo.
Impuestos o Tributos:
- Impuesto del Valor Añadido (IVA): Sólo en el caso de vivienda de primera mano. Normalmente el 10% del valor escriturado. Algunas viviendas de protección oficial tienen un régimen especial del 4%.
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: Sólo en el caso de inmuebles de segunda mano. Se abona el 6% del valor escriturado.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: Se abona entre el 0,50% y el 1,50% del valor de la garantía hipotecaria (según la comunidad autónoma), que viene a ser entre un 1,5% y un 2% del importe del capital de responsabilidad hipotecaria.
Entender estos conceptos nos permitirá estar más tranquilos cuando hablemos sobre la hipoteca. Cualquier duda que tengas o concepto que no entiendas, no dudes en preguntárselo a tu gestor.