Quiero comprar la mitad de la vivienda a mi pareja, ¿cómo lo hago?

comprar-la-mitad-de-la-vivienda-a-mi-pareja

Las separaciones son difíciles. Y, cuando hemos compartido una vida juntos, disolver todo ello puede aumentar las preocupaciones. Cuando compartimos un hogar que hemos adquirido juntos tenemos que llegar a un acuerdo. 

¿Puedo comprar la mitad de la vivienda a mi pareja? La respuesta fácil es que sí, pero tenemos que tener en cuenta varios factores. 

Hoy te explicamos el proceso para comprar la mitad de la vivienda a tu pareja y por qué es importante hacerlo de manos de expertos.

El régimen matrimonial

Una de las primeras cosas a tener en cuenta si quieres comprar la mitad de la vivienda a tu pareja es el régimen en el que estáis casados, si lo estáis. 

Al momento de contraer matrimonio. tenéis libertad para elegir el régimen matrimonial. Sin embargo, si no hacéis capitulaciones matrimoniales, se aplicará el régimen matrimonial que predomina en la Comunidad Autónoma. En la mayoría de comunidades se aplica el Derecho Común, que es el régimen de gananciales. En cambio, en Aragón, Baleares, Cataluña, Navarra, Valencia, Galicia y parte de Vizcaya, se aplica el Derecho Foral, donde se aplica el régimen de separación de bienes.

¿Qué es el régimen ganancial en el matrimonio?

Este régimen matrimonial parte de la premisa de que los bienes adquiridos antes y durante del matrimonio pertenecen a ambos miembros de la pareja. Y, por lo tanto, se dividirán en partes iguales si se produce un divorcio.

Por lo tanto, si tenéis una vivienda, se dividiría a partes iguales entre ambos miembros de la pareja.

 

¿Qué es el régimen de separación de bienes? 

A través del régimen de separación de bienes, la pareja puede establecer que los bienes patrimoniales de cada parte están diferenciados una vez se firma el acta matrimonial. 

De esta manera, cada quién administra, usa y vende sus bienes como decida hacerlo. Lo que quiere decir, que el patrimonio de cada quien se mantiene de forma «privada». 

Todo ingreso, compra, herencia o donación seguirá perteneciendo a la persona que lo adquiera, sin tener la obligación de compartir la mitad de los beneficios con la otra parte.

Quiero cambiar de titularidad de la vivienda al 50% con mi pareja: ¿cuál es la mejor opción?

En caso de que ya hayas comprado el inmueble a través del régimen ganancial, y quieras comprar la mitad de la vivienda a tu pareja, te interesará saber lo que tenemos para decirte. 

Bien sea porque tu pareja haya cambiado de puesto de trabajo, o tengáis otra fuente de ingreso, o simplemente quieres hacer la transacción para disolver el matrimonio de una vez por todas; el proceso para comprar la mitad de la vivienda consta de los siguientes pasos: 

1. Cambio de titularidad de la vivienda por donación

Hacer una donación podría ser de las primeras ideas que pasen por tu mente, pero, este proceso puede resultar bastante costoso, en comparación a hacerlo todo por la vía «tradicional». 

Además de los gastos e impuestos que supone el cambio de escrituras de la casa, la otra parte tendría que hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y el IRPF, por lo que resultaría muy costoso para tu pareja donar la mitad de la vivienda. 

2. Cambio de titularidad de la vivienda por compraventa

Otra de las alternativas que tienes para hacer la adquisición de la mitad del inmueble, es la compraventa oficial de la misma. Lo que quiere decir que, un miembro de la pareja, hace la propuesta de comprar el 50% de la casa al otro. 

De igual manera tendrás que hacer todo el proceso de compraventa, tal y como lo hiciste en el momento de la compra. Lo que incluiría: gastos notariales, impuestos, inscripción de la vivienda en el Registro de Propiedad, catastro…  

 

¿Y qué pasaría si hay una hipoteca de por medio? 

Lo ideal sería que la entidad bancaria acepte la solicitud de cambio de titular en el contrato del préstamo. Ya que si la otra parte a la que le corresponde hacer el pago de la cuota, falla en esa responsabilidad, ambas se verán perjudicadas. 

Así que si el matrimonio sucedió con un régimen ganancial de por medio, tiene dos opciones para resolver este dilema: 

  • Novación de la hipoteca: la novación consiste en proponer unas nuevas cláusulas y condiciones hipotecarias en el contrato ya firmado. Ya queda de parte del banco si aprueba o no dicha solicitud. 
  • A través de la contratación de una nueva hipoteca: y que este proceso se haga a nombre de la persona que ha quedado como titular del inmueble.

¿Quieres comprar la mitad de la vivienda a tu pareja? En Trioteca te acompañamos en el proceso, consiguiéndote las mejores condiciones para tu hipoteca y coordinando la cita en la notaría. Y lo mejor es que no te cobramos nada. Si finalmente firmas tu hipoteca con nosotros será el banco quien pagará nuestros honorarios. Y, como todos los bancos nos pagan lo mismo, no tenemos preferencia por ninguno.

3.8/5 - (12 votos)

¿Te ha parecido útil la información?

Compartelo con tus redes

¿Necesitas ayuda?

Dinos tu número y te llamamos enseguida.